Una profesión que sirve al bien público y al privado
La Geología es una profesión que requiere conocimiento científico y técnico, experiencia y buen juicio para la práctica.

Responsabilidad y ética profesional
El geólogo colegiado en el Ilustre Colegio Oficial de Geólogos (ICOG) tiene una responsabilidad profesional para conducirse de manera ética y limpia. El privilegio de ejercer la profesión exige moralidad.
Los Principios Deontológicos de conducta sirven como modelo para el camino de la vida profesional. Deben orientar la práctica profesional a la función social que desempeñan, promoviendo las condiciones para el progreso social.
Toda acción contraria a estos principios no es conforme y lesiona la dignidad profesional del colegiado y la del colectivo de geólogos colegiados.
Funciones que puede desempeñar el colegiado
Artículo 36 · Constitución Española
La Ley regulará el ejercicio de la profesión titulada de Geólogo y las actividades para cuyo ejercicio es obligatoria la incorporación al Ilustre Colegio Oficial de Geólogos de España.
Sin perjuicio de lo anterior, así como de las atribuciones profesionales y normas de colegiación contenidas en las leyes reguladoras de otras profesiones, el ICOG considera funciones que puede desempeñar el Geólogo en su actividad profesional las que, a título enunciativo, se relacionan a continuación.
Los apartados 7, 8, 10, 11 y 25 fueron declarados nulos. BOE n.º 51, de 1 de marzo de 2005.
